Riesgos fiscales de operar desde Uruguay: 6 preguntas

Contadora revisa facturas internacionales y un certificado de residencia fiscal para evitar riesgos fiscales de operar desde Uruguay en la región

Los riesgos fiscales de operar desde Uruguay suelen esconderse en detalles que se resuelven tarde: una renta que se creía exenta, un precio entre empresas del grupo sin respaldo, un convenio que nadie invocó. Aparecen cuando una empresa uruguaya empieza a facturar en la región, y casi todos se evitan con decisiones tomadas antes del primer contrato.

Con una estructura pensada desde el inicio, la empresa puede trabajar en varios países sin sorpresas fiscales ni fricción regulatoria con los fiscos vecinos.

¿Cuáles son los riesgos fiscales de operar desde Uruguay con clientes del exterior?

Los más comunes son tres: tributar en Uruguay una renta que se pensaba de fuente extranjera, sufrir en el país del cliente una retención que un convenio podría haber reducido y recibir un ajuste por precios de transferencia.

No hace falta ser un grupo grande. Una consultora chica que le factura a un cliente de Chile ya convive con los dos primeros; el tercero aparece cuando hay vinculadas del otro lado. La diferencia es que la empresa chica tiene menos margen para absorber un ajuste, así que le conviene prevenir más.

¿La renta de fuente extranjera siempre queda libre de IRAE?

No siempre. Uruguay aplica el principio de la fuente y, como regla, el IRAE alcanza solo la renta generada en el país. La Ley 20.095, de noviembre de 2022, abrió una excepción para las entidades que integran un grupo multinacional: sus rentas pasivas del exterior, como dividendos o intereses, pasan a ser de fuente uruguaya si la entidad no tiene sustancia en el país. Esa sustancia se mide con criterios como estos:

  • personal adecuado para la actividad;
  • instalaciones en Uruguay;
  • requisitos propios según el tipo de activo, por ejemplo participaciones en otras sociedades, patentes o software.

¿Qué pasa si no documento los precios con empresas del grupo?

La DGI puede ajustar el precio y llevarlo al que se habría pactado entre partes independientes. Las normas de precios de transferencia, vigentes desde la reforma tributaria de la Ley 18.083, piden que las operaciones entre partes vinculadas se pacten como entre independientes, y la definición uruguaya de vinculación es bastante más amplia que la que sugiere la OCDE, así que una relación que afuera no contaría como vinculación acá puede contar.

Un contrato intragrupo firmado antes de facturar cuesta mucho menos que defender un precio en medio de una fiscalización. Si hace falta un asesor que ordene esos contratos, en este perfil del estudio están sus canales de contacto y algunas notas de prensa sobre la firma.

¿Cómo evito pagar impuestos dos veces sobre la misma renta?

Con los convenios para evitar la doble imposición. Uruguay tiene más de veinte vigentes, entre ellos con Chile, España, México, Paraguay y Brasil, y la DGI publica el estado de cada uno, incluso si el Instrumento Multilateral de la OCDE lo modifica, así que vale la pena consultarlo antes de cada mercado nuevo.

Para que el convenio se aplique, la empresa uruguaya tiene que acreditar su residencia fiscal ante quien le paga. Sin ese certificado, quien paga desde el exterior no tiene con qué aplicar la retención reducida que fija el convenio.

¿Qué controla el Estado en una zona franca?

Que la actividad coincida con la autorización. La Ley 15.921, reformada por la Ley 19.566, exonera a los usuarios de todo tributo nacional, creado o a crearse, respecto de las actividades realizadas dentro de la zona según lo autorizado. Lo que queda fuera de ese marco no tiene la exoneración.

Por eso el contrato de usuario tiene que describir los servicios con precisión. Una firma que empieza vendiendo soporte técnico y después suma consultoría debería revisar si su autorización cubre la línea nueva antes de emitir la primera factura por ese servicio.

¿Cuándo conviene revisar la estructura?

Cada vez que cambia algo en el negocio o en la norma. Las señales más claras son estas:

  • entra un socio del exterior y la empresa pasa a integrar un grupo multinacional;
  • se abre un mercado nuevo, sobre todo si tiene convenio con Uruguay;
  • cambia una regla, como pasó con las rentas pasivas en 2022;
  • una holding armada hace años no tiene personal ni oficina en el país.

Para una empresa que crece de Uruguay al mundo, una revisión anual con el contador y el abogado alcanza para que la estructura no quede atrás de lo que el negocio hace.